﻿Éxodo.
21.
Y ÉSTOS son los derechos que les propondrás. 
Si comprares siervo hebreo, seis años servirá; mas al séptimo saldrá horro de balde. 
Si entró solo, solo saldrá: si tenía esposa, saldrá él y su esposa con él. 
Si su amo le hubiere dado esposa, y ella le hubiere parido hijos o hijas, la esposa y sus hijos serán de su amo, y él saldrá solo. 
Y si el siervo dijere: Yo amo a mi señor, a mi esposa y a mis hijos, no saldré libre: 
Entonces su amo lo hará llegar a los jueces, y harále llegar a la puerta o al poste; y su amo le horadará la oreja con lesna, y será su siervo para siempre. 
Y cuando alguno vendiere su hija por sierva, no saldrá como suelen salir los siervos. 
Si no agradare a su señor, por lo cual no la tomó por esposa, permitirle ha que sea redimida, y no la podrá vender a pueblo extraño cuando la desechare. 
Mas si la hubiere desposado con su hijo, hará con ella según la costumbre de las hijas. 
Si le tomare otra, no dismi­nuirá su alimento, ni su vestido, ni el débito conyugal. 
Y si ninguna de estas tres cosas hiciere, ella saldrá de gra­cia sin dinero. 
El que hiriere a alguno, haciéndole así morir, él morirá. 
Mas el que no armó asechan­zas, sino que Dios lo puso en sus manos, entonces yo te señalaré lugar al cual ha de huir. 
Además, si alguno se enso­berbeciere contra su prójimo, y lo matare con alevosía, de mi altar lo quitarás para que muera. 
Y el que hiriere a su padre o a su madre, morirá. 
Asimismo el que robare una persona, y la vendiere, o se halla­re en sus manos, morirá. 
Igualmente el que maldijere a su padre o a su madre, morirá. 
Además, si algunos riñeren, y alguno hiriere a su prójimo con piedra o con el puño, y no muriere, pero cayere en cama; 
Si se levantare y anduviere fuera sobre su báculo, entonces será el que le hirió absuelto: sola­mente le satisfará lo que estuvo parado, y hará que le curen. 
Y si alguno hiriere a su siervo o a su sierva con palo, y muriere bajo de su mano, será castigado: 
Mas si durare por un día o dos, no será castigado, porque su dinero es. 
Y si hombres riñeren, e hirie­ren a mujer preñada, y salen sus hijos, pero sin haber muerte, será penado conforme a lo que le impusiere el marido de la mujer y juzgaren los jueces. 
Mas si hubiere muerte, enton­ces pagarás vida por vida, 
Ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie, 
Quemadura por quemadura, herida por herida, golpe por golpe. 
Y cuando alguno hiriere el ojo de su siervo, o el ojo de su sier­va, y lo entortare, darále libertad por razón de su ojo. 
Y si sacare el diente de su sier­vo, o el diente de su sierva, por su diente le dejará ir libre. 
Si un buey acorneare hombre o mujer, y de resultas muriere, el buey será apedreado, y no se comerá su carne; mas el dueño del buey será absuelto. 
Pero si el buey era acorneador desde ayer y antes de ayer, y a su dueño le fue hecho requerimien­to, y no lo hubiere guardado, y matare hombre o mujer, el buey será apedreado, y también mori­rá su dueño. 
Si le fuere impuesto rescate, entonces dará por el rescate de su persona cuanto le fuere impues­to. 
Haya acorneado hijo, o haya acorneado hija, conforme a este juicio se hará con él. 
Si el buey acorneare siervo o sierva, pagará treinta siclos de plata su señor, y el buey será ape­dreado. 
Y si alguno abriere hoyo, o cavare cisterna, y no la cubriere, y cayere allí buey o asno, 
El dueño de la cisterna pagará el dinero, resarciendo a su dueño, y lo que fue muerto será suyo. 
Y si el buey de alguno hiriere al buey de su prójimo, y éste muriere, entonces venderán el buey vivo, y partirán el dinero de él, y también partirán el muerto. 
Mas si era notorio que el buey era acorneador de ayer y antes de ayer, y su dueño no lo hubiere guardado, pagará buey por buey, y el muerto será suyo. 
